Doctrina aplicable al caso
Por Auto Supremo de 2 de diciembre de 2019 de fs. 285, este Tribunal, admitió el recurso de casación de fondo de fs. 237 a 243, interpuesto por la UAJMS representada por Freddy Gonzalo Gandarillas Martínez, contra el Auto de Vista N° 36/2019 de 18 de octubre, correspondiendo considerar y resolver el recurso impetrado:
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y DOCTRINALES DEL FALLO:
En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, y de acuerdo a la problemática planteada, se realiza una interpretación desde y conforme la Constitución Política del Estado, el bloque de constitucionalidad y las normas ordinarias aplicables al caso concreto; en ese marco corresponden las siguientes consideraciones de orden legal:
Doctrina aplicable al caso:
En primer lugar, corresponde advertir que, los trabajadores Universitarios, se encuentran amparados por las previsiones de la Ley General del Trabajo y normas conexas, en cumplimiento del DS Nº 08162 de 28 de noviembre de 1967; por consiguiente, no existe duda de la competencia de la judicatura laboral para resolver la controversia traída a colación en el presente proceso
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y DOCTRINALES DEL FALLO:
En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, y de acuerdo a la problemática planteada, se realiza una interpretación desde y conforme la Constitución Política del Estado, el bloque de constitucionalidad y las normas ordinarias aplicables al caso concreto; en ese marco corresponden las siguientes consideraciones de orden legal:
Doctrina aplicable al caso:
En primer lugar, corresponde advertir que, los trabajadores Universitarios, se encuentran amparados por las previsiones de la Ley General del Trabajo y normas conexas, en cumplimiento del DS Nº 08162 de 28 de noviembre de 1967; por consiguiente, no existe duda de la competencia de la judicatura laboral para resolver la controversia traída a colación en el presente proceso
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra el Auto de Vista la entidad demandada, formuló por intermedio de su representante legal,
- Expresó que existe una incorrecta interpretación del art
- Petitorio
- La actora, contestó el recurso, señalando que, el Auto de Vista N° 36/2019, analizó con
- Auto de Admisión del recurso
- Doctrina aplicable al caso
- Respecto del reconocimiento de los derechos de los trabajadores, se debe aplicar el principio proteccionista
- Por otra parte, respecto de los contratos de trabajo pactados sucesivamente por un lapso menor
- El art
- De lo anterior, se establece que, si bien la norma constitucional citada consagra la Autonomía
- Instituyendo asimismo como un deber fundamental el de “Conocer, cumplir y hacer cumplir la Constitución
- Conforme lo expuesto, la Autonomía Universitaria consagrada por la CPE, deberá ser ejercida dentro del
- Respecto de la vulneración del art
- Si bien el Reglamento Docente de la Universidad, establece la modalidad de designación de los
- Por otro lado, la Ley General del Trabajo en el artículo 21º expresa: “En los
- Así también el art
- En ese entendido se concluye que, independientemente, del tipo de docente que sea catalogado, conforme
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
