Auto Supremo AS/0331/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0331/2020

Fecha: 27-Jul-2020

Petitorio

El Auto de Vista impugnado, omitió considerar que la demandante, al someterse a procesos de selección y admisión docente, mediante convocatorias a concurso de méritos, aceptó las reglas y normas institucionales previstas en el Régimen Académico docente, prevista en el art. 12 del Reglamento de Admisión de la UAJMS; y con esa postulación reconoció que no tiene la condición de titular; condición que se accede sólo mediante examen de competencia previsto en el art. 234 del Estatuto Orgánico de la UAJMS, adquiriendo recién la titularidad a tiempo parcial la demandada conforme la documental de fs. 90 y 91.
Señaló que el Auto de Vista desconoció la jurisprudencia constitucional que se refieren a la Autonomía Universitaria, a ese fin citó la Sentencia Constitucional Plurinacional (SCP) N° 0164/2018-S4, N° 0970/ 2013.
Por último, refirió que existe una errónea valoración de la prueba, al no considerar las documental de fs. 61 a 86 y las certificaciones de fs. 87 a 88, que constatan los periodos de designación trabajados, efectivamente realizados y los periodos de cesantía, no correspondiendo cancelar por trabajo no realizado.
Petitorio:
En ese sentido, pidió se case totalmente el Auto de Vista N° 36/2019 y deliberando en el fondo, se declare improbada la demanda, estableciéndose que no corresponde el pago de sueldos devengados y demás supuestos derechos que injustamente fueron demandados y condenados a pagar.
Contestación al recurso