En la exposición de motivos de derecho y doctrinales, el Tribunal al efectuar la subsunción
En la exposición de motivos de derecho y doctrinales, el Tribunal al efectuar la subsunción a la normativa prevista en el art. 359 inc. 2) del CPP, consideró que la prueba aportada y producida por el Ministerio Público fue suficiente para generar convicción sobre la responsabilidad penal de la acusada Estela Condori Balboa, en base a los siguientes argumentos técnico jurídicos: Los hechos merecieron probanza en juicio, cuyos hechos acusados establecieron la conducta de la acusada al delito de Lesiones Graves y Leves sancionado en el art. 271 del CP; existencia de verbos nucleares al que la conducta de la acusada ingresó, subsumiéndose el presente hecho a una conducta típica, antijurídica y culpable; se consideró que es un delito contra la integridad corporal y la salud; por lo que el Tribunal consideró que, la conducta de la acusada fue dolosa, sabía de sus efectos, tuvo la suficiente capacidad de comprender la acción efectuada, antijurídica porque la conducta ocasionó lesiones en la víctima, y punible, porque el hecho conduce a una sanción; estableciendo que, el Ministerio Público probó los hechos acusados más allá de la duda razonable y la participación de la acusada en grado de autoría, estableciendo el quantum de la pena. La prueba fue valorada de manera correcta considerando el concepto de certeza y eficacia, suficiente para establecer el convencimiento de que el hecho existió y la participación de la acusada en el mismo
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 32/2016 de 16 de agosto (fs
- La recurrente solicita se declare procedente su recurso de casación y se case en el
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
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- Sobre la exposición de motivos para la aplicación de la pena dosimétrica, dice, al haberse
- II.2. De la apelación restringida
- Contra dicha Sentencia, la acusada Estela Condori Balboa, interpuso recurso de apelación restringida, bajo los
- El Auto de Vista 81/2018 de 28 de septiembre, emitido por la Sala Penal Segunda
- III.1. Marco legal y doctrinal
- Entre los componentes primordiales que rige el debido proceso como garantía constitucional de protección del
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- III.1.2. Control de legalidad y logicidad de la Sentencia
- En etapa de alzada, la normativa procesal penal, establece que el recurso de apelación restringida
- El principio de congruencia se encuentra constituido como un orientador trascendental del adjetivo penal, cuya
- El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia interna, que obliga
- III.2.Análisis del caso concreto
- Previamente es necesario destacar que el recurso de casación sujeto al presente análisis, fue admitido
- En el ámbito del art
- Conforme la doctrina legal la falta de fundamentación en las resoluciones jurisdiccionales constituye un defecto
- En el caso de autos, de la revisión y contraste de los agravios contenidos en
- Respecto del punto iii [art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
