Contra la mencionada Sentencia, los acusados Víctor Hugo Villarroel Taguchi, Rosita Celia Vargas Taguchi, Patricia
Contra la mencionada Sentencia, los acusados Víctor Hugo Villarroel Taguchi, Rosita Celia Vargas Taguchi, Patricia Vargas Taguchi y Sandra Villarroel Sosa (fs. 746 a 753 vta.), así como la parte civil Mayumi Jazmín Villarroel Viera (fs. 757 a 769), interpusieron recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 57 de 3 de diciembre de 2019, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró improcedentes las apelaciones planteadas, manteniendo incólume la Sentencia impugnada
- Por memorial presentado el 24 de enero de 2020, Rosita Celia Vargas Taguchi, Víctor Hugo
- Por Sentencia 10/2018 de 18 de abril (fs
- Contra la mencionada Sentencia, los acusados Víctor Hugo Villarroel Taguchi, Rosita Celia Vargas Taguchi, Patricia
- En conocimiento de la mencionada acción, la Sala en juicio de admisibilidad pronunció el Auto
- Denuncian que el Tribunal de alzada incurrió en el vicio de incongruencia omisiva respecto al
- Añaden, que el Auto de Vista impugnado sostuvo respecto al segundo agravio de apelación que
- Solicitaron se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se devuelvan actuados a
- El Fiscal de Materia de Concepción señaló que el 18 de diciembre de 2014 se
- Radicada la causa en el Tribunal de Sentencia de Concepción, provincia Ñuflo Chávez del Departamento
- Por Sentencia 10/2018, de 18 de abril, el Tribunal declaró a los acusados Víctor
- Víctor Hugo Villarroel Taguchi, Sandra Villarroel Sosa, Patricia Vargas Taguchi y Rosita Celia Vargas Taguchi,
- Denunciaron la vulneración del art
- La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, bajo la relatoría
- Admitidos los recursos de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro de los límites establecidos
- III.1. Respecto a la denuncia vinculada al defecto del art. 370-6) del CPP
- En los agravios de casación I y III los recurrentes, reclaman que el Auto de
- Esos agravios, fueron resueltos por el Tribunal de apelación, mediante el Auto de Vista impugnado,
- III
- A partir de la introducción del juicio oral en el sistema boliviano, los recursos guardan
- Al efecto, para aclarar lo señalado el Auto Supremo 174/2014, estableció reglas para el recurso
- En ese contexto, surge también una responsabilidad del recurrente que partiendo de la comprensión de
- En apelación restringida hacen referencia a la vulneración de las reglas de la sana crítica
- En ese contexto, es evidente lo que señala el Auto de Vista impugnado, que los
- Las alegaciones de la apelación restringida, a fines de la revisión de la Sentencia con
- Asimismo, en el agravio II, donde los recurrentes reclaman la falta de fundamentación de la
- El Auto de Vista impugnado, fue claro al señalar que los recurrentes no explicaron en
- Debe tenerse presente que, si bien existen posibilidades de revisar una sentencia condenatoria sobre aspectos
- En consecuencia, no siendo evidentes las denuncias expuestas por los recurrentes y constatándose que las
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
