Auto Supremo AS/0486/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0486/2020-RRC

Fecha: 17-Sep-2020

El segundo componente se refiere a: El que vendiere, gravare o arrendare, como propios, bienes

El segundo componente se refiere a: El que vendiere, gravare o arrendare, como propios, bienes ajenos, al respecto Jorge José Valda Daza en su obra Código Penal Boliviano Comentado, tercera edición, La Paz – Bolivia, 2014, pág. 1393, señala que el presupuesto demanda que: “el sujeto activo enajene, con las formalidades exigidas por ley, la propiedad de una cosa mueble o inmueble por un precio, callando la condición ajena del bien como si ella no existiera” y que “Como condición objetiva de antijuricidad se establece que el actor no debe tener mandato, representación o poder legal o vigente, que le permita disponer de un bien ajeno”