Auto Supremo AS/0486/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0486/2020-RRC

Fecha: 17-Sep-2020

Ingresando al análisis del presente motivo, resulta necesario destacar conforme se precisó en los antecedentes

Ingresando al análisis del presente motivo, resulta necesario destacar conforme se precisó en los antecedentes procesales vinculados al recurso, que contra los acusados Nery, Ismael y Adalid todos de apellidos Montenegro Guzmán, se emitió Sentencia condenatoria por el delito de Estelionato, bajo los siguientes hechos probados: a) Que la denunciante y los acusados como hermanos tenían derechos sucesorios respecto a sus progenitores, y esa potestad es imprescriptible, ya que, en cualquier momento los herederos pueden hacer valer su condición de tal; y, b) La existencia de un documento de transferencia donde los acusados Ismael, Adalid y Nery todos de apellidos Montenegro Guzmán, transfieren derecho propietario sin figurar en la misma la denunciante, donde no se consideró salvaguardar los derechos de la misma, transfiriendo la totalidad del bien inmueble consistente en 360 mts2. En lo relevante de las conclusiones consideró que: “…al haber cedido y transferido un inmueble que era propiedad de los 4 hermanos en igualdad de partes sin la intervención de uno de ellos, si configura el ilícito penal de estelionato ya que si bien los hermanos Adalid, Nery e Ismael también son dueños, NO ES MENOS CIERTO QUE LA DENUNCIANTE TAMBIÉN TIENE SU DERECHO DENTRO DE CUOTA PARTE QUE DEBIÓ Y TENÍA QUE SER RESPETADA POR LOS HERMANOS, sin embargo Ismael Montenegro en su declaración manifestó haber cedido la totalidad ya que el nuevo dueño se encontraría ocupando todo el inmueble.” (sic)