Auto Supremo AS/0896/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0896/2021

Fecha: 11-Oct-2021

d.

d. El título inscrito a favor de los demandados no se encuentra registrado en la Alcaldía, y más, si a la fecha no se tiene la posesión que vale por título, en consideración a lo expuesto por el art. 549 num. 5) del Código Civil, que hay nulidad cuando la ley exige, en este caso requisitos para su inscripción en los registros de DDRR, art. 6 de la Ley de Derechos Reales y que los demandados no cumplieron.