Auto Supremo AS/0648/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0648/2021

Fecha: 08-Nov-2021

A los puntos 2, 3 y 4.

La parte recurrente señaló, que el Auto de Vista no realizó una valoración respecto al principio de inversión de la carga de la prueba, que los demandantes han trabajado en diferentes proyectos y presentaron una planilla con la antigüedad de cada uno, en relación a su porcentaje de antigüedad y que el Auto de Vista presumió, que los apelantes, nunca llevaron su reclamo ante la autoridad pertinente del MOPSV; y que, los pliegos petitorios, no fueron de forma constante ni insistente.

En relación a esta parte del recurso, se advierte, que la parte recurrente no dio cumplimiento a los arts. 271-I y 274-3 del CPC-2013; constatándose que, tampoco acusó infracción de violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley, sea en la forma o en el fondo, no evidenciándose en esta parte de su recurso, con claridad y precisión, la Ley o Leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas; pues no especificaron, en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error, especificaciones que debieron hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales anteriores, ni suplirse posteriormente, no siendo permitido a este Tribunal, suplir la deficiencia de carga argumentativa de la parte recurrente; no evidenciándose consiguientemente, las acusaciones referidas.