Auto Supremo AS/0974/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0974/2021

Fecha: 09-Nov-2021

4.

4. Respecto a la resolución del recurso de apelación contra la Sentencia Nº 43/2021, el recurrente indicó que en dicha impugnación denunció la violación del derecho al debido proceso en sus vertientes de falta de fundamentación y motivación e inobservancia del art. 213.II num 3) de la Ley Nº 419 y el Tribunal de apelación ha señalado que no es evidente esa situación y no se ha pronunciado respecto a los argumentos expresados en el recurso de apelación, señalando entre estos, a los siguientes: 1) que la Sentencia sería injusta, arbitraria y apartada del principio de verdad material y del principio de comunidad de la prueba, 2) que no efectuó la valoración de las pruebas de fs. 264 a 265 y 266 a 274 vta., 3) que al disponer la entrega del motorizado al actor sin que el mismo devuelva la suma de dinero recibido por la venta, se favorecía indebidamente a dicha persona, 4) no se tomó en cuenta que en virtud a los contratos de ventas realizados y por la tradición, su persona tiene el derecho de retención del motorizado conforme al art. 584 del Código Civil, 5) que los contratos de fs. 264 a 265 y 266 a 274 vta., al no estar declarados judicialmente nulos, siguen surtiendo sus efectos legales previstos en el art. 105.I .II del Código Civil otorgándole el derecho de retención del motorizado hasta en tanto le sea devuelto el precio pagado en su oportunidad.