Auto Supremo AS/0075/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0075/2021-RA

Fecha: 15-Mar-2021

Fragmento 1

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL

AUTO SUPREMO Nº 075/2021-RA

Sucre, 15 de marzo de 2021

Expediente : La Paz 6/2021

Parte Acusadora :Ministerio Público, Waldo Albarracin Sánchez en representación de la Universidad Mayor de San Andrés, Yesika Graciela Mamani Apaza y Oscar Marcelo Antezana Corrales

Parte Imputada : Felipe Eulogio Valencia Tapia

Delitos : Cohecho Pasivo Propio

RESULTANDO

Por memorial presentado el 11 de noviembre de 2020, cursante de fs. 1514 a 1534, Felipe Eulogio Valencia Tapia interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 138/2019 de 1 de noviembre, de fs. 1418 a 1433, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y los acusadores particulares Waldo Albarracin Sánchez en representación de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA), Yesika Graciela Mamani Apaza y Oscar Marcelo Antezana Corrales, contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Cohecho Pasivo Propio, previsto y sancionado por el art. 145 del digo Penal (CP).

I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

Por Sentencia 5/2018 de 22 de marzo (fs. 1089 a 1096 vta.) y Auto Complementario (fs. 1103 y vta.), el Tribunal de Sentencia Anticorrupción Primero del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró al acusado Felipe Eulogio Valencia Tapia, autor y culpable de la comisión del delito de Cohecho Pasivo Propio, previsto y sancionado por el art. 145 del CP, condenándole a la pena privativa de libertad de cuatro años y seis meses de reclusión y multa de 100 días a razón de 50 Bs. por día, más costas y daños y perjuicios, a calificarse en ejecución de sentencia a favor de las víctimas.