Auto Supremo AS/0033/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0033/2022

Fecha: 21-Feb-2022

la continuidad de la tramitación del proceso hasta su total conclusión

Los principios y disposiciones legales desarrollados, marcan el límite de la actuación de los Jueces, Vocales y Magistrados, en la determinación de nulidades, estableciendo como regla general, la continuidad de la tramitación del proceso hasta su total conclusión, siendo la nulidad una excepción que procede según dispone la LOJ, bajo dos presupuestos legales indispensables; es decir, cuando la irregularidad procesal vulnere el derecho a la defensa y que esa situación hubiese sido reclamada de manera oportuna por la parte afectada, bajo sanción de operarse la preclusión en su contra; entendiendo que, de este modo se restringe a lo mínimo las nulidades procesales y se busca la materialización de los principios que hoy rigen la administración de justicia instituidos en la CPE y las dos leyes referidas, revirtiendo de esta manera el antiguo sistema formalista.