Sentencia SE/0127/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Sentencia SE/0127/2009

Fecha: 17-Abr-2009

CONSIDERANDO: Que admitida la demanda y citada la autoridad recurrida, mediante memorial de fojas 200


CONSIDERANDO: Que admitida la demanda y citada la autoridad recurrida, mediante memorial de fojas 200 a 207, se apersonó Ramiro Cabezas Masses, Superintendente Tributario General y contestó negativamente la demanda pidiendo que sea declarada improbada, indicando que la resolución impugnada no falla en el fondo y declara la anulación de obrados hasta el vicio más antiguo, esto es, hasta una nueva notificación con la vista de cargo y no así su nulidad como señala el recurrente