4.1. Presupuestos formales
99. Con base en las reglas previstas en la Constitución y la LEEE, la Corte debe verificar el cumplimiento de los siguientes presupuestos formales:
100. Expedición durante la vigencia del estado de conmoción interior. Como quiera que la facultad legislativa extraordinaria se traslada únicamente para atender las situaciones excepcionales que motivan el estado de excepción y está limitada temporalmente por la Constitución, los decretos de desarrollo deben expedirse en vigencia de dichas facultades.
101. Firma del presidente de la República y de todos los ministros. En función de lo dispuesto en los artículos 213 y 214 de la Constitución y 34 de la LEEE, se exige que tanto la declaratoria de un estado de conmoción interior como los decretos legislativos de desarrollo lleven la firma del presidente de la República y de todos los ministros.
102. Motivación. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 213 y 214 de la Constitución, los decretos legislativos de desarrollo proferidos en el marco de estados de conmoción interior deben estar debidamente motivados. Por lo tanto, uno de los requisitos formales que debe cumplir esta clase de normas es contar con una exposición de razones que justifique su expedición. Por su parte, la evaluación sustancial de la motivación se debe examinar en el análisis de los presupuestos materiales que debe superar el respectivo decreto legislativo.
103. La definición del ámbito territorial. Este requisito se deriva del artículo 34 de la LEEE en atención a la posibilidad de que el estado de conmoción interior no se extienda a todo el territorio nacional y se limite a zonas específicas del territorio. En consecuencia, en los casos en los cuales la declaratoria del estado de excepción se haya limitado a un ámbito territorial, debe examinarse que los decretos de desarrollo no lo excedan.
- Encabezado
- Síntesis de la decisión
- I. ANTECEDENTES
- 1. El Decreto Legislativo 117 de 2025
- 2. Actuación procesal
- 3. Pruebas
- 3.2. Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas
- 4. Intervenciones
- 5. Concepto del procurador general de la Nación
- 6. Competencia
- 4.1. Presupuestos formales
- 4.2. Presupuestos materiales
- 11. Medidas tributarias en el marco de los estados de excepción. Subreglas
- 12. Análisis de los requisitos formales del Decreto Legislativo 117 de 2025
- 13. Análisis de los requisitos materiales del Decreto Legislativo 117 de 2025
- 8.2. Artículo 3: vigencia del Decreto 117 de 2025
- III. DECISIÓN
- RESUELVE
- Salvamento de Voto
