ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 190/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 25 DE AGOSTO DE 2022. PONENTE: LUIS MARÍA AGUILAR MORALES. SECRETARIA: MARÍA CRISTINA VILLEDA OLVERA.
Fecha: 18-Nov-2022
Código De Organización Del Poder Judicial Del Estado De Chiapas
"Artículo 17. El presidente del Tribunal Superior de Justicia será titular del Poder Judicial del Estado, durará en su encargo tres años, y será designado por el Pleno de Distrito de entre los Magistrados regionales, pudiendo reelegirse por un periodo más, siempre que su nombramiento de Magistrado regional lo permita en cuanto a su temporalidad."
14. "Artículo 22. El nombramiento de los Magistrados de las Salas Regionales se realizará en los términos que establece la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, de manera preferente entre aquellas personas con carrera judicial que hayan prestado sus servicios con eficiencia y probidad en la impartición de justicia, o bien, en quienes por su honorabilidad, competencia y profesionalismo en la ciencia del derecho así lo ameriten. De la misma manera, las autoridades facultadas para hacer los respectivos nombramientos deberán cuidar que se cumpla el principio de paridad de género, por lo que procurarán alternar en género cada nombramiento o designación."
- Resultando
- A Parámetro De Regularidad Constitucional
- B Acción Por Omisión Relativa En Competencias De Ejercicio Obligatorio
- C Inconstitucionalidad De Las Normas Impugnadas
- Considerando
- Artículo El Tribunal Superior De Justicia Se Integra Por
- Iii Los Juzgados De Primera Instancia Que Serán
- B Juzgados De Control Y Tribunales De Enjuiciamiento
- D Juzgados Especializados En Justicia Para Adolescentes
- Reformado Po De Junio De
- A Incorporación De Lenguaje Incluyente
- Adicionado Dof De Junio De
- Reformado N De E Este Párrafo Dof De Junio De
- Reformado Dof De Junio De
- Primeroes Procedente Pero Infundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Así Con Sustento En Los Anteriores Motivos Se Establece Lo Siguiente
- Reformado Po De Diciembre De
- Ii El Consejo De La Judicatura Y
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