ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 36/2016. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 22 DE NOVIEMBRE DE 2016. PONENTE: ALBERTO PÉREZ DAYÁN. SECRETARIA: LOURDES MARGARITA GARCÍA GALICIA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 36/2016. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 22 DE NOVIEMBRE DE 2016. PONENTE: ALBERTO PÉREZ DAYÁN. SECRETARIA: LOURDES MARGARITA GARCÍA GALICIA.

Fecha: 18-Nov-2022

B Fuera De La Oficina Del Registro Civil Uma

Con base en la lectura integral del apartado transcrito, se advierte que la gratuidad de la inscripción del nacimiento se encuentra garantizada para las personas que acudan a las oficinas del Registro Civil [fracción II, inciso a)], ya que fuera de sus oficinas se contempla el cobro del registro a domicilio [fracción II, inciso b)].

Ahora bien, si los incisos a) y b) de la fracción II, se leen de forma sistemática, se puede concluir que su texto es constitucionalmente válido, ya que si la persona está interesada en obtener el registro y la primera copia certificada del acta de nacimiento de forma gratuita, basta con que acuda al Registro Civil. En cambio, si quiere realizar éste fuera de sus oficinas, como se permite en esta legislación, la persona en cuestión deberá pagar el derecho previsto en el inciso impugnado.

En este sentido, en el referido inciso b), se presta un servicio público adicional a la inscripción y a la expedición del acta de nacimiento, en específico, por los gastos erogados por el traslado, respecto de los cuales resulta válido que el Municipio procure recuperarlos, ya que es un concepto que va más allá de su obligación constitucional y que le brinda a los particulares una posibilidad de obtener el mismo servicio con un valor agregado, de manera que el traslado no puede considerarse como un costo para obtener el registro o la expedición de la primer acta de nacimiento.

Por lo tanto, resulta infundado el concepto de invalidez planteado en relación con el inciso b) de la fracción II del artículo 14 de la Ley de Ingresos del Municipio de Atlatlahucan para el ejercicio fiscal 2016.

B) Ley de Ingresos del Municipio de Cuautla. Se estudia el subinciso c), numeral 2, inciso A), del artículo 17.1, de la Ley de Ingresos de dicha municipalidad:

"Artículo 17. Son contribuyentes de este derecho las personas físicas que requieran los servicios del Registro Civil, que se causarán y liquidarán conforme a la siguiente:

"Concepto