Suprema Corte de Justicia de la Nación
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 247/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 20 DE MAYO DE 2021. PONENTE: ALBERTO PÉREZ DAYÁN. SECRETARIO: ISIDRO MUÑOZ ACEVEDO.
Fecha: 15-Jul-2022
Amparo Directo En Revisión Fallado El Veintitrés De Febrero De Dos Mil Quince
14. Ídem.
15. Consultable en el Semanario Judicial de la Federación, Tomo XXIV, septiembre de 2006, página 75, Novena Época, con número de registro digital: 174247. (sic)
- Resultando
- Iv Beneficiarios
- El Poder Legislativo Del Estado De Nuevo León Representado Por Su Mesa Directiva Señaló
- Considerando
- En Materia Electoral Para El Cómputo De Los Plazos Todos Los Días Son Hábiles
- Ahora Bien El Artículo Fracción Ii Inciso G De La Constitución Federal Establece
- Por Ejemplo Al Resolver El Amparo Directo En Revisión La Segunda Sala Sostuvo Que
- Dan Sustento A Lo Anterior De Manera Análoga Las Tesis Y Jurisprudencias Intituladas
- Quedan Al Margen De Las Actividades Sociales
- Se Restringe La Autonomía Económica
- Iii Se Posterguen Por Un Lapso Razonable
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Amparo Directo En Revisión Fallado El Veintitrés De Febrero De Dos Mil Quince
- Amparos En Revisión Y Del Índice De La Segunda Sala
- Orr V Orr Supra
- Ibídem Párrafo
- Artículo Primero Transitorio
- Ibídem Página