ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 274/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 6 DE JUNIO DE 2022. PONENTE: NORMA LUCÍA PIÑA HERNANDEZ. SECRETARIO: JORGE F. CALDERÓN GAMBOA.
Fecha: 23-Sep-2022
Ibídem Fojas A Del Expediente Visualizada En El Sistema Electrónico De La Scjn
15. Ibídem, fojas 175 y 176 del expediente, dicha constancia se visualiza en el Sistema Electrónico de este Alto Tribunal.
16. "Artículo 105. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:
"...
"II. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta Constitución.
"...
"g) La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de leyes de carácter federal, estatal y del Distrito Federal, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos consagrados en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte. Asimismo, los organismos de protección de los derechos humanos equivalentes en los estados de la República, en contra de leyes expedidas por las legislaturas locales y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, en contra de leyes emitidas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal."
17. "Artículo 1o. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá y resolverá con base en las disposiciones del presente título, las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad a que se refieren las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. A falta de disposición expresa, se estará a las prevenciones del Código Federal de Procedimientos Civiles."
- I Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- Artículo
- Ii Y Iii
- Alegatos Presidenta De La Directiva Del Poder Legislativo Del Estado De San Luis Potosí
- Alegatos Presidenta De La Comisión Nacional De Los Derechos Humanos
- Ii Competencia
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- Vi Estudio De Fondo
- A Sobre El Nuevo Acto Legislativo Y Cumplimiento Del Fallo
- La Presente Acción Se Entabló Contra Este Decreto Por La Falta De Consulta En La Materia
- B Cuestión Preliminar
- C Sobre La Procedencia De La Consulta Previa En Materia De Discapacidad
- D Sobre La Realización De La Consulta En El Caso Concreto
- Artículo V
- Vii Efectos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Inducir A Personas Con Discapacidad A Participar En El Proceso Legislativo
- Ibídem Fojas A Y A Del Virtual Visible En El Referido Sistema
- Ibídem Fojas A Del Expediente Visualizada En El Sistema Electrónico De La Scjn
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Acuerdo General Plenario Número
- Visible En El Sistema Electrónico De Este Alto Tribunal
- I Ejercer La Representación Legal De La Comisión Nacional
- Onu Observación General No Párr
- Al Respecto Véase Párr De La Og No
- Véase También Las Acciones De Inconstitucionalidad
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener
- Onu Comité De Discapacidad En Su Observación General No Párr