ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 133/2019. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 19 DE OCTUBRE DE 2020. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: MERCEDES VERÓNICA SÁNCHEZ MIGUEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 133/2019. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 19 DE OCTUBRE DE 2020. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: MERCEDES VERÓNICA SÁNCHEZ MIGUEZ.

Fecha: 17-Feb-2023

Iii Oportunidad

12. El párrafo primero del artículo 60 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Federal, dispone que el plazo para promover la acción de inconstitucionalidad es de treinta días naturales y su cómputo debe iniciarse a partir del día siguiente a la fecha en que la norma general sea publicada en el correspondiente medio oficial.

13. En el caso, el Decreto Número 27524/LXII/19, en el que se reformó la norma impugnada, fue publicado el martes cinco de noviembre de dos mil diecinueve, en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco.

14. Por tanto, el plazo de treinta días naturales para promover la presente acción de inconstitucionalidad, transcurrió del miércoles seis de noviembre de dos mil diecinueve, al jueves cinco de diciembre de la misma anualidad.

15. En consecuencia, si la acción de inconstitucionalidad se presentó el cinco de diciembre de dos mil diecinueve, en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es claro que se presentó de manera oportuna.(7)