ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 133/2019. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 19 DE OCTUBRE DE 2020. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: MERCEDES VERÓNICA SÁNCHEZ MIGUEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 133/2019. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 19 DE OCTUBRE DE 2020. PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. SECRETARIA: MERCEDES VERÓNICA SÁNCHEZ MIGUEZ.

Fecha: 17-Feb-2023

Iv Legitimación

16. La acción de inconstitucionalidad que ahora se analiza fue promovida por una persona legitimada para ello, tal y como se evidencia con las consideraciones y razonamientos que se desarrollan a continuación.

17. De acuerdo con el artículo 105, fracción II, inciso g), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos está legitimada para impugnar las leyes de carácter estatal que estime violatorias de los derechos humanos consagrados en la Constitución y los tratados internacionales en los que México es Parte; y en el caso, el escrito inicial de la acción de inconstitucionalidad está firmado por MARÍA DEL ROSARIO PIEDRA IBARRa, quien a través de la copia certificada del escrito signado por la senadora MÓNICA FERNÁNDEZ BALBOA y el senador PRIMO DOTHE MATA, en su carácter de presidenta y secretario de la Mesa Directiva del Senado de la República, demostró que en la sesión celebrada el siete de noviembre de dos mil diecinueve, el Pleno del Senado de la República la eligió como presidenta de la citada Comisión, por un periodo de cinco años, que van del dieciséis de noviembre de dos mil diecinueve al dieciséis de noviembre de dos mil veinticuatro.(8)