AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1991/2008. RODOLFO GARCÍA ACEVEDO.
Fecha: 01-Ene-1917
Por Lo Expuesto Y Fundado
PRIMERO.-En la materia competencia de esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se confirma la sentencia recurrida.
SEGUNDO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Rodolfo García Acevedo en contra de los actos y autoridades precisados en el resultando primero de esta ejecutoria.
Notifíquese; con testimonio de esta resolución vuelvan los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los Ministros Mariano Azuela Güitrón, Genaro David Góngora Pimentel, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Margarita Beatriz Luna Ramos y José Fernando Franco González Salas, presidente de esta Segunda Sala. Fue ponente el Ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano.
En términos de lo establecido por el Pleno de la Suprema Corte en su sesión de veinticuatro de abril de dos mil siete, y conforme a lo previsto en el artículo 3, fracción II, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, así como en el segundo párrafo del artículo 9 del Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal para la aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
- Considerando
- Tercero El Recurrente En Vía De Agravios Esencialmente Argumenta Lo Siguiente
- El Recurrente Plantea La Interrogante Siguiente
- Por Otra Parte Se Precisa Que En El Cuarto Concepto De Violación Se Argumentó Lo Siguiente
- B La Igualdad Prevista En El Precepto Constitucional Citado Es Material Y No Sólo Formal
- Es Importante Señalar Que En La Sentencia Recurrida Se Sustentaron Las Consideraciones Siguientes
- De La Lectura De Las Consideraciones Preinsertas Se Advierte Lo Siguiente
- El Artículo Apartado A Fracción Vii Constitucional Es Del Tenor Siguiente
- Este Criterio Tiene Apoyo En La Tesis Cuyos Rubro Texto Y Datos De Localización Son
- Este Criterio Tiene Apoyo En Lo Conducente En La Tesis Siguiente
- Este Criterio Tiene Apoyo En La Jurisprudencia Cuyos Rubro Texto Y Datos De Localización Son
- Por Lo Expuesto Y Fundado