AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1063/2007. HSBC AFORE, S.A. DE C.V.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1063/2007. HSBC AFORE, S.A. DE C.V.

Fecha: 31-Dic-1955

C En Los Demás Casos Análogos A Juicio De La Sala Correspondiente

En este orden de ideas, atendiendo a los antecedentes que informan el presente recurso -en principio- cabe señalar que en esta instancia sí subsiste una cuestión propiamente constitucional, pues en el fallo recurrido el Tribunal Colegiado del conocimiento fundamentalmente consideró que el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo no contraviene al artículo 123, apartado A, fracción XXII, de la Constitución Federal, al establecer el pago de salarios caídos, debido a que el propio precepto constitucional en su segundo párrafo faculta al Congreso de la Unión a expedir leyes sobre el trabajo, sin contravenir las bases fijadas en dicho artículo, es decir, implica que no se pueden contrariar los principios ahí contenidos, mas no que no esté impedido para establecer mejores derechos o mayores prestaciones que las contenidas en la Carta Magna, pues éstas sólo constituyen un catálogo mínimo de garantías y no un límite; y ahora en los agravios expresados en el presente recurso se argumenta lo contrario, razón por la cual esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tendrá que pronunciarse sobre la constitucionalidad del precepto impugnado.

En este sentido, el análisis de la constitucionalidad del artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, entraña la fijación de un criterio de importancia, pues sobre el tema no se ha integrado jurisprudencia.