AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2922/98. BULMARO PERALTA ESPINOZA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2922/98. BULMARO PERALTA ESPINOZA.

Fecha: 19-Abr-1995

Considerando

PRIMERO. Este Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es competente para conocer del presente juicio de amparo directo en revisión, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 84, fracción II, de la Ley de Amparo y 10, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación de veintiséis de mayo de mil novecientos noventa y cinco, en virtud de que se interpone en contra de una ejecutoria pronunciada por un Tribunal Colegiado de Circuito en la que se realizó la interpretación directa del artículo 133 de la Constitución Federal.