AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5806/2017. 11 DE ABRIL DE 2018. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, JAVIER LAYNEZ POTISEK, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS Y EDUARDO MEDINA MORA I. PONENTE: ALBERTO PÉREZ DAYÁ
Fecha: 18-May-2018
Presentación De Copias De Traslado
Por lo que ve a la obligación de presentar copias de la demanda para correr traslado a la demandada, esta Segunda Sala advierte que si bien no es un aspecto propio de la acción reclamada en el juicio que nos ocupa, sí constituye un formalismo necesario para proporcionar a las partes todos los elementos necesarios para intervenir en el juicio, a fin de garantizar el respeto a las garantías de seguridad jurídica, de legalidad e igualdad procesal. Por lo tanto, el cumplimiento obligatorio de este requisito está justificado y no genera afectación alguna en la esfera jurídica del actor.
Finalmente, no se soslaya que la información necesaria para determinar si la pensión debe ser otorgada, además de los requisitos ya señalados, es el número de semanas cotizadas, el cual, en términos del artículo 899-D de la Ley Federal del Trabajo, en caso de existir controversia, debe ser aportado por el Instituto Mexicano del Seguro Social:
"Artículo 899-D. Los organismos de seguridad social, conforme a lo dispuesto por el artículo 784 deberán exhibir los documentos que, de acuerdo con las leyes, tienen la obligación legal de expedir y conservar, bajo el apercibimiento de que de no presentarlos, se presumirán ciertos los hechos alegados por el promovente. En todo caso, corresponde a los organismos de seguridad social, probar su dicho cuando exista controversia sobre:
"...
- Considerando
- Que En La Sentencia Recurrida
- B Se Omita Decidir Sobre Tales Aspectos Cuando Hubiesen Sido Planteados En La Demanda De Amparo
- I Antecedentes
- Deje Insubsistente El Laudo Reclamado Y En Su Lugar
- Asimismo El Actor Ofreció Dos Pruebas De Inspección En Los Siguientes Términos
- Iii Agravios La Parte Recurrente En Su Escrito De Revisión En Lo Medular Hace Valer
- Omitan Decidir Sobre Tales Cuestiones Cuando Hubieren Sido Planteadas
- Cuando Omitan Decidir Sobre Tales Cuestiones Cuando Hubieren Sido Planteadas
- La Existencia De Un Acto De Aplicación De La Norma Impugnada Al Interior Del Juicio De Amparo
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Conflictos Individuales De Seguridad Social
- Iii Las Pretensiones Del Promovente Expresando Claramente Lo Que Se Le Pide
- Ix Las Copias Necesarias De La Demanda Y Sus Anexos Para Correr Traslado A La Contraparte
- El Fallecimiento De La Persona Asegurada O Pensionada
- Exposición De Los Hechos Que Dan Origen A Su Reclamación Y Pretensiones Del Promovente
- Número De Seguridad Social
- Presentación De Copias De Traslado
- Ii Número De Semanas Cotizadas En Los Ramos De Aseguramiento
- Primerose Revoca La Sentencia Recurrida
- Foja Reverso Del Amparo Directo