AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 521/2020. 20 DE OCTUBRE DE 2021. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, QUIEN ESTÁ CON EL SENTIDO, PERO SE APARTA DEL PÁRRAFO NOVENTA Y SEIS, Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JUAN L
Fecha: 10-Dic-2021
C Doctrina Constitucional Sobre El Principio De Non Bis In Idem O De Doble Punición
51. Partiremos el estudio con lo determinado por esta primera Sala al resolver los amparos directos en revisión 2104/2015(26) y 3731/2015,(27) en los que esencialmente se estableció lo siguiente:
52. El principio de prohibición de doble juzgamiento o non bis in idem es una máxima trascendental para el derecho penal, que se encuentra consagrada en el texto de la primera parte del artículo 23 de la Constitución Política del país, que textualmente establece:
"Artículo 23. Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene. ..."
53. La esencia normativa de este precepto que consagra el principio non bis in idem, es la de que nadie pueda ser sometido a un proceso más de una vez y, en consecuencia, que tampoco pueda ser doblemente sancionado por los mismos hechos.
54. Dicho precepto que ha sido interpretado por esta Primera Sala en el sentido de que la prohibición de doble juzgamiento recae en los hechos atribuidos que configuran una conducta delictuosa concreta y no a la denominación general del delito.(28)
55. Su justificación radica en que una sentencia definitiva obtiene una firmeza tal que permite considerar su estudio como cosa juzgada, es decir, irrebatible, indiscutible, inmodificable ordinariamente por un órgano jurisdiccional y acatable en sus términos.
56. Desde una perspectiva de corte convencional, el citado principio se encuentra previsto en el artículo 8.4 de la Convención Americana sobre de Derechos Humanos, que establece:
- I Antecedentes
- En Síntesis El Señor Expresó En Su Escrito De Revisión Los Agravios Siguientes
- Ii Competencia
- Iii Legitimación Y Oportunidad
- Iv Procedencia Del Recurso
- V Estudio De Fondo
- B El Principio De Taxatividad En Torno A La Claridad De Las Sanciones
- C Doctrina Constitucional Sobre El Principio De Non Bis In Idem O De Doble Punición
- Artículo Garantías Judiciales
- Artículo
- Vii Cuando Los Delitos Se Cometan Por Motivos De Odio
- Vi Decisión
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se
- Se Citan Los Preceptos En Letras Altas Y Bajas
- Se Transcribe En Letras Altas Y Bajas
- Artículo A Ninguna Ley Se Dará Efecto Retroactivo En Perjuicio De Persona Alguna
- Artículo Principio De Legalidad Y De Retroactividad
- Artículo Son Partes En El Juicio De Amparo
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- Supra Cita