AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 521/2020. 20 DE OCTUBRE DE 2021. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, QUIEN ESTÁ CON EL SENTIDO, PERO SE APARTA DEL PÁRRAFO NOVENTA Y SEIS, Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JUAN L
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 521/2020. 20 DE OCTUBRE DE 2021. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, QUIEN ESTÁ CON EL SENTIDO, PERO SE APARTA DEL PÁRRAFO NOVENTA Y SEIS, Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JUAN L

Fecha: 10-Dic-2021

Se Transcribe En Letras Altas Y Bajas

"Artículo 316. Se entiende que las lesiones, las lesiones a menor de doce años de edad y el homicidio son calificados cuando se cometan bajo una o más de las siguientes circunstancias: "...

"VI. Cuando el pasivo tenga o haya tenido el carácter de servidor público dentro de los cinco años anteriores a la fecha de la comisión de la conducta delictiva, así como si el sujeto pasivo es o fue dentro de los cinco años anteriores a la comisión delictiva miembro de una institución policial, de procuración o administración de justicia o de ejecución de sanciones."