AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2283/2013. ROBERTO ESTEBAN CHÁVEZ SALINAS. 23 DE MARZO DE 2022. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, QUIEN ESTÁ CON EL SENTIDO, PERO SE APARTA DE ALGUNOS PÁRRAFOS, Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, QUIEN ESTÁ
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 2283/2013. ROBERTO ESTEBAN CHÁVEZ SALINAS. 23 DE MARZO DE 2022. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, QUIEN ESTÁ CON EL SENTIDO, PERO SE APARTA DE ALGUNOS PÁRRAFOS, Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, QUIEN ESTÁ

Fecha: 17-Jun-2022

El Problema Que La Primera Sala Debe Resolver Consiste En Analizar Las Siguientes Preguntas

• ¿Asiste la razón al recurrente cuando afirma que el Tribunal Colegiado debió analizar el concepto de violación relativo a que la Sala responsable estaba constreñida a ejercer un control de constitucionalidad y/o convencionalidad ex officio? y

•¿Es correcta la aseveración del quejoso cuando sostiene que la autoridad responsable debió inaplicar el artículo 2150 del Código Civil para el Estado de Baja California, porque una interpretación literal de dicha norma –como la que llevó a cabo el tribunal de alzada– la torna violatoria del artículo 5o. constitucional?