AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3396/2022
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3396/2022

Fecha: 18-Ene-2023

De la porción transcrita de la sentencia recurrida se aprecia que el tribunal colegiado circunscribió la litis a verificar si la Comisión Nacional Bancaria y de Valores ejerció de manera oportuna sus facultades de inspección y vigilancia, conforme al marco normativo aplicable y concluyó que los oficios de emplazamiento exhibidos por la autoridad resultaron insuficientes para demostrar que su actuar estaba justificado, pues desatendió lo ordenado por los artículos 73, 74, 75 y 78 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

  1. Por ello, concluyó que la comisión omitió ejercer en forma adecuada sus facultades de supervisión con el objeto de prevenir y normalizar las anomalías financieras y, dado que debe sujetar su actuar a las medidas que deben ser aplicadas ante las irregularidades que pongan en peligro de manera significativa la solvencia de las sociedades financieras populares y pongan en riesgo los intereses de los ahorradores, en perjuicio de la estabilidad en el sistema financiero, concluyó que se acreditó la responsabilidad patrimonial del Estado reclamada.