AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3595/2021. 16 DE FEBRERO DE 2022. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, QUIEN FORMULÓ VOTO CONCURRENTE, JORGE MARIO PARDO
Fecha: 21-Abr-2023
Agravios A Fin De Combatir La Resolución Impugnada El Recurrente Expresó Lo Siguiente
a) Reiteró haber sido condenado "sin pruebas", lo cual resulta contrario a nuestra Constitución General, tanto en su texto anterior al decreto de dieciocho de junio de dos mil ocho, como después de éste.
b) Nunca reclamó que su causa penal debiera haberse seguido conforme al sistema acusatorio, sino que para el análisis del caso se tomaran en consideración los derechos humanos reconocidos por el mencionado decreto, toda vez que estos últimos no pueden estar sujetos a condiciones de temporalidad.
c) De ahí que fuera desacertado desestimar su petición, bajo el argumento de que esa reforma procesal no le había sido aplicada por haberse seguido el proceso penal de origen conforme al sistema mixto; es más, el artículo tercero transitorio del multicitado decreto determina claramente la invalidez de las sentencias emitidas bajo un sistema procesal distinto al establecido a partir de la reforma constitucional de dos mil ocho.
d) No hay prueba de que causara la muerte de la víctima al no saberse quién produjo la lesión mortal, pero mediante la inconstitucional "ficción legal" contenida en el artículo 26 del Código Penal para la Ciudad de México, fue indebidamente condenado a una pena privativa de la libertad.
- I Antecedentes
- Ii Trámite Del Juicio Constitucional
- Iii Competencia
- Iv Oportunidad Y Legitimación
- V Elementos Necesarios Para Resolver
- Fueron Al Menos Cinco Los Agresores
- Agravios A Fin De Combatir La Resolución Impugnada El Recurrente Expresó Lo Siguiente
- Vi Procedencia Del Recurso De Revisión
- Vii Estudio
- A La Primera Es El Respeto Absoluto Al Debido Proceso Legal Y
- V Dolosamente Presten Ayuda O Auxilio Al Autor Para Su Comisión Y
- Complicidad Fracciones V Y Vi
- C Controlando La Voluntad Ajena Autoría Mediata
- Dicho Dispositivo Normativo Indica
- Qué Es Lo Que Distingue A Esas Figuras Jurídicas
- Son Ilustrativas De Ello Los Siguientes Criterios De Interpretación
- Viii Decisión
- Por Todo Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Quien Era Primo Del Ahora Occiso
- Artículo Principio De Acto El Delito Sólo Puede Ser Realizado Por Acción O Por Omisión
- Artículo Al Que Prive De La Vida A Otro Se Le Impondrá De Ocho A Veinte Años De Prisión
- I Existe Ventaja
- Sin Que Se Estime Necesaria La Intervención Del Pleno
- Certificado Médico De Cadáver Y Necropsia Correspondiente
- Página De La Sentencia Recurrida
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- Cuando Se Hubieren Planteado En La Demanda De Amparo
- Que Prevé
- A En Favor Del Inculpado O Sentenciado Y
- Como Se Desprende De Las Siguientes Tesis Aisladas De Esta Primera Sala
- En Aquél Entonces Al Acuerdo Se Le Identificaba Con La Expresión Preordenación
- Pues En Estos Casos La Víctima Se Enfrenta A Agresiones Múltiples No Orquestadas