AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1120/2025
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1120/2025

Fecha: 21-May-2025

VIII. DECISIÓN

  1. En conclusión, al haberse declarado fundado el agravio de la autoridad recurrente principal e inoperante el restante el concepto de violación formulado en contra de la regla impugnada y existir cuestiones de mera legalidad por analizar, lo procedente es revocar la sentencia recurrida y reservar jurisdicción para que el tribunal colegiado del conocimiento se pronuncie al respecto.

Por todo lo expuesto y fundado, se resuelve:

PRIMERO. En la materia de la revisión, se revoca la sentencia recurrida.

SEGUNDO. Se reserva jurisdicción al Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito para los efectos precisados en la parte final de esta ejecutoria.

Notifíquese; con testimonio de esta ejecutoria, devuélvanse los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.

Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por mayoría de tres votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama y Presidente Javier Laynez Potisek. El Ministro Alberto Pérez Dayán (ponente) emitió su voto en contra.