AMPARO DIRECTO 192/2007. BANCA AFIRME, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, AFIRME GRUPO FINANCIERO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 192/2007. BANCA AFIRME, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, AFIRME GRUPO FINANCIERO.

Fecha: 01-Ene-1917

La Quejosa No Tenía La Carga De Impugnar El Auto De Veintiocho De Febrero De Dos Mil Seis

Esto es así porque, en sí mismo, dicho auto no le afectaba, dado que tal como se demostrará posteriormente, Banca Afirme estaba en posibilidad de cumplir el requerimiento y, por ende, el apercibimiento como tal no le causaba perjuicios.

Dichos perjuicios podrían actualizarse si, en su caso, el apercibimiento se hubiera hecho efectivo sin que se actualizara su precedente, es decir, que se cumpliera con el requerimiento, o bien, que no se atendiera con causa justificada.

Sin embargo, aunque Banca Afirme no tenía la carga de impugnar el auto de veintitrés de febrero de dos mil seis, no ha lugar a conceder el amparo y protección de la Justicia Federal, en virtud de que como se verá en el apartado siguiente, la quejosa no logra invalidar la determinación en la cual se le hizo efectivo el apercibimiento, por el incumplimiento injustificado en que incurrió.