Juristeca
Juristeca País
    AMPARO DIRECTO 622/2004. SILVIA GÓMEZ DÍAZ.
    Suprema Corte de Justicia de la Nación

    AMPARO DIRECTO 622/2004. SILVIA GÓMEZ DÍAZ.

    Fecha: 07-Dic-1959

    Por Otro Lado Cabe Destacar Que El Artículo Fracciones I Y Xi De La Ley De Amparo Dispone

    "Artículo 159. En los juicios seguidos ante tribunales civiles, administrativos o del trabajo, se considerarán violadas las leyes del procedimiento y que se afectan las defensas del quejoso:

    • Considerando
    • Previamente Cabe Destacar Para Una Mejor Comprensión Del Asunto Los Antecedentes Siguientes
    • Por Otra Parte El Artículo Noveno Transitorio Del Ordenamiento Legal Citado Señala Lo Siguiente
    • Por Su Parte El Diccionario Jurídico Mexicano Bajo La Voz Ley Supletoria Explica
    • B Entre Los Poderes De La Unión El Gobierno Del Distrito Federal Y Sus Trabajadores
    • Artículo Se Consideran Trabajadores De Confianza Y Se Excluyen Del Régimen De Esta Ley
    • Artículo Serán Trabajadores Interinos Aquellos Que Ocupen Una Plaza Vacante Temporalmente
    • Conforme A Estos Lineamientos Debe Hacerse La Aproximación A La Doctrina
    • A Por Regla General La Duración De La Relación De Trabajo Es Indefinida
    • Exposición De Motivos
    • Dictamen De La Cámara Revisora
    • Iniciativa
    • Dictamen De La Cámara De Origen
    • Texto Aprobado
    • Por Otro Lado Cabe Destacar Que El Artículo Fracciones I Y Xi De La Ley De Amparo Dispone
    • I Cuando No Se Le Cite Al Juicio O Se Le Cite En Forma Distinta De La Prevenida Por La Ley

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca