Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 298/2005. JUAN JOSÉ GARCÍA GARCÍA Y OTRO.
Fecha: 24-Jul-1964
Iii De Ofrecimiento Y Admisión De Pruebas
"La audiencia se iniciará con o sin la comparecencia de las partes. Las ausentes podrán intervenir cuando se presenten, siempre que el tribunal no haya emitido el acuerdo correspondiente."
- Considerando
- Ahora Bien El Concepto De Violación En Análisis Es Infundado
- Vi Indicación Del Lugar En Que Puedan Obtenerse Los Que El Actor No Pudiese Aportar Directamente
- Iii De Ofrecimiento Y Admisión De Pruebas
- Artículo La Etapa De Demanda Y Excepciones Se Desarrollará Conforme A Las Normas Siguientes
- Es Infundado Lo Así Expuesto
- Es Infundado El Concepto De Violación En Estudio
- Es Infundado El Argumento En Estudio
- Respecto De La Aplicación Del Convenio De Condiciones De Trabajo La Responsable Consideró
- Y Más Adelante Determinó
- Ahora Bien En El Laudo Las Pruebas De Que Se Trata Quedaron Valoradas Como Sigue
- En Cuanto A Las Horas Extras De José Salomón García García La Responsable Consideró