AMPARO DIRECTO 7419/2006. FERROCARRILES NACIONALES DE MÉXICO Y OTRA.
Fecha: 31-Dic-2001
Iii Determinar Las Cuotas Obrero Patronales A Su Cargo Y Enterar Su Importe Al Instituto
"IV. Proporcionar al instituto los elementos necesarios para precisar la existencia, naturaleza y cuantía de las obligaciones a su cargo establecidas por esta ley y los reglamentos que correspondan;
"V. Permitir las inspecciones y visitas domiciliarias que practique el instituto, las que se sujetarán a lo establecido por esta ley, el código y los reglamentos respectivos;
"VI. Tratándose de patrones que se dediquen en forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción, deberán expedir y entregar a cada trabajador constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido, semanal o quincenalmente, conforme a los periodos de pago establecidos, las cuales, en su caso, podrán ser exhibidas por los trabajadores para acreditar sus derechos.
"Asimismo, deberán cubrir las cuotas obrero patronales, aun en el caso de que no sea posible determinar el o los trabajadores a quienes se deban aplicar, por incumplimiento del patrón a las obligaciones previstas en las fracciones anteriores, en este último caso, su monto se destinará a la reserva general financiera y actuarial a que se refiere el artículo 280, fracción IV de esta ley, sin perjuicio de que a aquellos trabajadores que acreditaren sus derechos, se les otorguen las prestaciones diferidas que les correspondan;
"VII. Cumplir con las obligaciones que les impone el capítulo sexto del título II de esta ley, en relación con el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez;
- Considerando
- De Igual Forma Es Infundado El Segundo De Los Conceptos De Violación
- Dichos Artículos A Que Se Alude Disponen
- Viii Fotografías Y En General Aquellos Medios Aportados Por Los Descubrimientos De La Ciencia
- Iv Causa De Rescisión De La Relación De Trabajo
- Xiv Incorporación Y Aportación Al Fondo Nacional De La Vivienda
- Que Se Pactó En Las Cláusulas Primera Y Segunda
- En La Cláusula Tercera Se Pactó
- Al Respecto Debe Decirse Que Su Argumento Es Infundado
- Como Se Dijo Dichas Argumentaciones Son Infundadas
- Artículo Son Sujetos De Aseguramiento Del Régimen Obligatorio
- Ii Los Socios De Sociedades Cooperativas Y
- Artículo Voluntariamente Podrán Ser Sujetos De Aseguramiento Al Régimen Obligatorio
- Iv Los Patrones Personas Físicas Con Trabajadores Asegurados A Su Servicio Y
- Artículo Los Patrones Están Obligados A
- Iii Determinar Las Cuotas Obrero Patronales A Su Cargo Y Enterar Su Importe Al Instituto
- Viii Cumplir Con Las Demás Disposiciones De Esta Ley Y Sus Reglamentos Y
- A Por La Inscripción Hecha Por El Patrón Dentro Del Término Marcado Por La Ley Y
- Empero Esa Determinación Y Cuantificación Es Ilegal
- Empero Esa Determinación Es Ilegal
- En Esa Audiencia En La Parte Que Interesa La Responsable Respecto De Esos Recibos Ordenó
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve