AMPARO DIRECTO 3466/2006. JORGE MÉNDEZ RAMÍREZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 3466/2006. JORGE MÉNDEZ RAMÍREZ.

Fecha: 07-May-2003

Considerando

CUARTO. Al inicio del concepto de violación propuesto por el quejoso, sostiene que la autoridad responsable al pronunciar el acto reclamado determinó que al desempeñar el cargo de analista N40, ocupaba un puesto de confianza; determinación que considera es ilegal, ya que en términos del artículo 9o. de la Ley Federal del Trabajo, la categoría de confianza se determina conforme a las actividades desempeñadas y no por la simple designación que se le dé al puesto; de ahí que considere equivocada la determinación de la responsable.

Debe decirse que el argumento antes sintetizado resulta ser inatendible, en virtud de que este Tribunal Colegiado al resolver el amparo directo 6426/2005, determinó que las funciones que dijo el actor desempeñaba y que detalló en el hecho uno de su demanda, se adecuan a las descritas en el artículo 9o. de la Ley Federal del Trabajo, por lo que concluyó que era un empleado de confianza.