AMPARO DIRECTO 3466/2006. JORGE MÉNDEZ RAMÍREZ.
Fecha: 07-May-2003
Son Los Trabajadores Definidos En La Cláusula Del Capítulo I De Este Contrato
"Cuando por resolución de la autoridad competente, o por convenio de las partes, sean reajustados los trabajadores, quedando fuera del servicio por supresión de puestos o disminución de personal en algunas dependencias del instituto, éste les pagará ciento cincuenta días de salario de la última plaza desempeñada, más cincuenta días de salario por cada año laborado o parte proporcional de año, a título de indemnización y, además la prima de antigüedad a que se refiere el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo y las prestaciones que le adeudare por concepto de vacaciones, aguinaldo, etcétera. Estos trabajadores, tendrán prioridad para reingresar al instituto, en categorías para las que reúnan requisitos."
- Considerando
- En Efecto En La Citada Ejecutoria En Lo Que Interesa Se Estableció
- Es El Caso Que El Actor Jorge Méndez Ramírez Demandó Como Acción Principal
- En Cumplimiento A Dicha Ejecutoria La Autoridad Laboral Resolvió
- El Artículo O De La Ley Federal Del Trabajo Regula
- Fiscalización F Acción Y Efecto De Fiscalizar
- Inspeccionar De Inspección Tr Examinar Reconocer Atentamente Una Cosa
- También Resulta Necesario Conocer Lo Que Regula El Artículo En Su Fracción Iii Que Dice
- Iii En Los Casos De Trabajadores De Confianza
- Para La Interpretación Y Aplicación De Este Contrato Se Establecen Las Siguientes Definiciones
- Son Los Trabajadores Definidos En La Cláusula Del Capítulo I De Este Contrato
- Cláusula Indemnización
- Salario Es El Ingreso Total Que Obtiene El Trabajador Como Retribución Por Sus Servicios
- Cláusula Salario
- Respecto A Las Probanzas Antes Citadas El Organismo De Salud Demandado Señaló
- De Lo Anterior Puede Establecerse Que
- Cláusula Vacaciones
- La Responsable Al Pronunciar El Laudo En Lo Que Interesa Estableció