AMPARO DIRECTO 3466/2006. JORGE MÉNDEZ RAMÍREZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 3466/2006. JORGE MÉNDEZ RAMÍREZ.

Fecha: 07-May-2003

Son Los Trabajadores Definidos En La Cláusula Del Capítulo I De Este Contrato

"Cuando por resolución de la autoridad competente, o por convenio de las partes, sean reajustados los trabajadores, quedando fuera del servicio por supresión de puestos o disminución de personal en algunas dependencias del instituto, éste les pagará ciento cincuenta días de salario de la última plaza desempeñada, más cincuenta días de salario por cada año laborado o parte proporcional de año, a título de indemnización y, además la prima de antigüedad a que se refiere el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo y las prestaciones que le adeudare por concepto de vacaciones, aguinaldo, etcétera. Estos trabajadores, tendrán prioridad para reingresar al instituto, en categorías para las que reúnan requisitos."