AMPARO DIRECTO 3466/2006. JORGE MÉNDEZ RAMÍREZ.
Fecha: 07-May-2003
El Artículo O De La Ley Federal Del Trabajo Regula
"‘Artículo 9o. La categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto.
"‘Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, y las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento.’
"El precepto legal citado, en su primer párrafo, determina que la categoría de trabajador de confianza se sujeta a las ocupaciones desempeñadas por el obrero y no a la designación que se le dé al puesto, y que serán funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización.
"Por lo que si el artículo 9o. de la legislación en estudio establece que la categoría de confianza se sujeta a las actividades desempeñadas por el obrero y no por la designación que se le dé al puesto; en consecuencia, el hecho que en el nombramiento se haya establecido que la plaza de ‘N40 Analista Resp. A’ era de confianza, ello no es suficiente para considerar que el citado puesto es de confianza pues, se insiste, lo trascendente para considerar a un empleado de confianza depende de las actividades desempeñadas.
"Apoya lo anterior la tesis I.6o.T.84 L, pronunciada por este órgano colegiado, correspondiente a la Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XIII, enero de 2001, página 1807, cuyos rubro y texto dicen:
"‘TRABAJADORES DE CONFIANZA. PRUEBA DE ESE CARÁCTER CUANDO SE OPONE COMO EXCEPCIÓN. Si el actor se dice despedido injustificadamente y reclama el cumplimiento de su contrato de trabajo, es decir, la reinstalación en el puesto que desempeñaba en el momento de ser despedido, y por su parte el patrón se excepciona manifestando que por ser trabajador de confianza no tiene derecho a ser reinstalado, pero pone a su disposición las prestaciones a que se refiere el artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo, corresponde al demandado acreditar que las funciones que realizaba el actor, eran de las consideradas como de confianza, en términos de lo dispuesto en la primera parte del artículo 9o. de la Ley Federal del Trabajo, que dice: «La categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto. Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, y las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento.»; por lo que no es suficiente para ello, que en el nombramiento o en la tarjeta de trabajo respectivo se señale que el puesto desempeñado era de confianza.’
"Entonces, si la autoridad responsable para considerar que el cargo que ocupaba el actor era de confianza, únicamente se apoyó en el nombramiento expedido a favor del actor, dicho proceder es incorrecto; de ahí lo fundado del concepto en estudio.
"Sin embargo, como ya se estableció, resulta inoperante dicha argumentación en el sentido de que indebidamente la responsable para considerar como empleado de confianza al obrero se apoyó solamente en el nombramiento expedido, por las siguientes circunstancias:
"El artículo 9o. de la Ley Federal del Trabajo determina que para considerar a un trabajador como empleado de confianza debe atenderse a la naturaleza de sus funciones; y que son cargos de confianza los de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización.
"Del Diccionario de la Lengua Española, de la Real Academia Española, vigésima primera edición, Madrid, España, 1992, Editorial Espasa Calpe, define a:
"‘Dirección (Del lat. Directio, -onis) f. Acción y efecto de dirigir o dirigirse. 2. Camino o rumbo que un cuerpo sigue en su movimiento. 3. Consejo, enseñanza y preceptos con que se encamina a alguien. 4. Conjunto de personas encargadas de dirigir una sociedad, establecimiento, explotación, etc. 5. Cargo de director. 6. Oficina o casa en que despacha el director o los directivos. 7. Domicilio de una persona. ...’
"‘Dirigir (Del. Lat. Dirigere.) tr. Enderezar, llevar rectamente una cosa hacia un término o lugar señalado ... 2. Guiar, mostrando o dando las señas de un camino. 3. Poner a una carta, fardo, caja o cualquier otro bulto las señas que indiquen a dónde y a quién se ha de enviar. 4. fig. Encaminar la intención y las operaciones a determinado fin. 5. Gobernar, regir, dar reglas para el manejo de una dependencia, empresa o pretensión. 6. Aconsejar y gobernar la conciencia de una persona. 7. Orientar, guiar, aconsejar a quien realiza un trabajo. 8. Dedicar una obra de ingenio. 9. Aplicar a determinada persona un dicho o un hecho. 10. Conjuntar y marcar una determinada orientación artística a los componentes de una orquesta o coro, o a quienes intervienen en un espectáculo, asumiendo la responsabilidad de su actuación pública.’
"‘Vigilancia (Del lat. vigilantia) f. Cuidado y atención exacta en las cosas que están a cargo de cada uno. 2. Servicio ordenado y dispuesto para vigilar.’
"‘Vigilar (Del lat. vigilare) intr. Velar sobre una persona o cosa, o atender exacta y cuidadosamente a ella. Ú.t.c.tr.’
- Considerando
- En Efecto En La Citada Ejecutoria En Lo Que Interesa Se Estableció
- Es El Caso Que El Actor Jorge Méndez Ramírez Demandó Como Acción Principal
- En Cumplimiento A Dicha Ejecutoria La Autoridad Laboral Resolvió
- El Artículo O De La Ley Federal Del Trabajo Regula
- Fiscalización F Acción Y Efecto De Fiscalizar
- Inspeccionar De Inspección Tr Examinar Reconocer Atentamente Una Cosa
- También Resulta Necesario Conocer Lo Que Regula El Artículo En Su Fracción Iii Que Dice
- Iii En Los Casos De Trabajadores De Confianza
- Para La Interpretación Y Aplicación De Este Contrato Se Establecen Las Siguientes Definiciones
- Son Los Trabajadores Definidos En La Cláusula Del Capítulo I De Este Contrato
- Cláusula Indemnización
- Salario Es El Ingreso Total Que Obtiene El Trabajador Como Retribución Por Sus Servicios
- Cláusula Salario
- Respecto A Las Probanzas Antes Citadas El Organismo De Salud Demandado Señaló
- De Lo Anterior Puede Establecerse Que
- Cláusula Vacaciones
- La Responsable Al Pronunciar El Laudo En Lo Que Interesa Estableció