AMPARO DIRECTO 476/2010. **********.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 476/2010. **********.

Fecha: 04-Jul-2006

Por Lo Expuesto Se Resuelve

ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a **********, contra el acto que reclamó de la Primera Sala Regional de Oriente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, consistente en la sentencia definitiva dictada el veintisiete de septiembre de dos mil diez, en el juicio de nulidad **********.

Notifíquese; regístrese, con testimonio de esta resolución devuélvanse los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese este expediente.

Así, por unanimidad de votos, lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, integrado por los Magistrados Manuel Rojas Fonseca (presidente), Jaime Raúl Oropeza García y Miguel Ángel Ramírez González, bajo la ponencia del último de los nombrados.

En términos de lo previsto en los artículos 3, fracción II, 13, 14 y 18, fracciones I y II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.