Tales Argumentos Son Inoperantes
Es así, porque el precepto en cuestión no puede ser estudiado bajo los principios tributarios previstos en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal, ya que dicha norma no regula ninguno de los elementos esenciales del impuesto, como lo son objeto, base, tasa o tarifa, ni sus infracciones o sanciones.
Para demostrar lo anterior, es necesario señalar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido los alcances del principio de legalidad tributaria previsto en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal.
- Séptimo En El Segundo Concepto De Violación La Promovente Aduce Esencialmente Que
- Materias Administrativa
- Materias Común
- Artículo Protección Judicial
- Los Estados Partes Se Comprometen
- B A Desarrollar Las Posibilidades De Recurso Judicial Y
- Artículo Obligación De Respetar Los Derechos
- Artículo Deber De Adoptar Disposiciones De Derecho Interno
- Materias Constitucional Administrativa
- De Las Anteriores Ejecutorias Derivó La Tesis Aislada Plenaria Siguiente
- Artículo Corresponde A Los Tribunales De La Federación Conocer
- B La Determinación Del Alcance De Los Elementos Esenciales De Las Contribuciones
- F Las Que Afecten El Interés Fiscal De La Federación
- V Sea Una Resolución Dictada En Materia De Comercio Exterior
- Artículo El Ejecutivo Federal Mediante Resoluciones De Carácter General Podrá
- Tales Argumentos Son Inoperantes
- Materias Administrativa Constitucional
- Por Lo Expuesto Se Resuelve
