AMPARO DIRECTO 1540/2009. **********.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 1540/2009. **********.

Fecha: 26-Feb-2007

Al Respecto La Demandada Controvirtió La Prestación De Mérito En Los Términos Que Se Citan

"4. El hecho número cuatro arábigo correlativo a la demanda que se contesta, resulta falso de toda falsedad, ya que el ********** (sic), jamás laboró tiempo extraordinario para mi representado, ya que es falso el supuesto horario que alude, en virtud de que lo cierto es que el horario de labores del actor lo fue de las 9:00 a.m. a las 18:00 p.m. horas de lunes a viernes, con dos horas para comer y de las 9:00 a las 13:00 p.m. horas los días sábado, descansando los días domingo de cada semana, como se acreditará en el momento procesal oportuno, horario éste que jamás rebasó el legal de 48 horas a que estaba obligado a laborar para mi representado, tal y como se acreditará con copias de las tarjetas donde checaba su asistencia el hoy actor, ya que sus originales se encuentran en el área administrativa de nuestro representado, ubicada en calle **********, por lo que desde este momento se ofrece como prueba de nuestra parte la inspección, la cual se perfeccionará en el momento procesal oportuno."

En el laudo reclamado, al fijar la controversia en relación con las horas extras reclamadas, la responsable señaló: