Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 313/2012. 27 DE SEPTIEMBRE DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: RICARDO OJEDA BOHÓRQUEZ. SECRETARIO: ARTURO VALLE CASTRO.
Fecha: 27-Sep-2012
Artículo Principio De Legalidad Y De Retroactividad
"Nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho aplicable. Tampoco se puede imponer pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. Si con posterioridad a la comisión del delito la ley dispone la imposición de una pena más leve, el delincuente se beneficiará de ello."
- Sexto Los Anteriores Conceptos De Violación Son Infundados
- Lo Anterior Es Infundado
- Materias Constitucional Común
- Materias Penal
- Toda Persona Tiene Derecho A La Libertad Y A La Seguridad Personales
- Nadie Puede Ser Sometido A Detención O Encarcelamiento Arbitrarios
- Artículo Garantías Judiciales
- C Concesión Al Inculpado Del Tiempo Y De Los Medios Adecuados Para La Preparación De Su Defensa
- La Confesión Del Inculpado Solamente Es Válida Si Es Hecha Sin Coacción De Ninguna Naturaleza
- Artículo Principio De Legalidad Y De Retroactividad
- Artículo
- C A Ser Juzgada Sin Dilaciones Indebidas
- G A No Ser Obligada A Declarar Contra Sí Misma Ni A Confesarse Culpable
- Materias Común
- Materias Administrativa
- Amparo En Revisión Emeterio Rodríguez Romero Y Coags De Abril De Cinco Votos
- Amparo En Revisión Ramiro Tarango R Y Otros De Abril De Cinco Votos
- Lo Anterior Fue Debidamente Ratificado Ante La Presencia Judicial Fojas Y
- Las Anteriores Expresiones Fueron Robustecidas Con Los Siguientes Elementos De Convicción
- Tesis P Xxxv
- Jurisprudencia Materias Penal
- Lo Anterior También Es Infundado
- Materias Penal Constitucional
- Materias Constitucional