AMPARO DIRECTO 677/2013 (EXPEDIENTE AUXILIAR 715/2013). 23 DE AGOSTO DE 2013. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: LIVIA LIZBETH LARUMBE RADILLA. SECRETARIO: JOSÉ FRANCISCO AGUILAR BALLESTEROS.
Fecha: 06-Dic-2013
Lo Así Narrado Se Corrobora Con La Siguiente Transcripción
"En la ciudad de Chilpancingo, Guerrero, siendo las once horas del día quince de agosto del año dos mil doce, la suscrita C. Lic. **********, actuaria del Tribunal de Conciliación y Arbitraje en el Estado, hago constar y doy fe de que me encuentro de manera legal en el domicilio del Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Guerrero, cito en Av. Juárez esquina con Quintana Roo, planta baja del edificio Vicente Guerrero, precisamente en el área que ocupa la actuaría; con el objeto de dar debido cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha ocho de junio del año en curso, dictado por este órgano laboral dentro de los autos del expediente número **********, promovido por el C. ********** y otro en contra del H. Ayuntamiento Municipal Constitucional de Tecoanapa, Guerrero, auto que ordena el desahogo de la prueba de inspección ofrecida por la parte actora, señalada el día y hora en que inicia la presente; así también hago constar la presencia del Lic. **********, apoderado legal de la parte actora y por cuanto hace al demandado, hago constar la incomparecencia de persona alguna que legalmente lo represente. Acto seguido procedo a dar el uso de la voz al apoderado legal del actor, quien manifiesta: Se le haga efectivo el apercibimiento decretado en auto admisorio de pruebas de fecha ocho de junio del año en curso, por no exhibir la documentación requerida. Acto seguido visto y oído lo manifestado por la parte actora y dada la incomparecencia del demandado para exhibir la documentación requerida doy fe y hago constar que me veo en la imposibilidad del desahogo de los puntos a probar dando cuenta al Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Guerrero para que acuerde lo que en derecho proceda, con lo anterior se da por terminada la presente firmando para debida constancia los que en ella intervinieron. Doy fe."
- I Antecedentes
- La Responsable Hizo Descansar El Laudo Pronunciado En Las Siguientes Consideraciones
- Ii Indebida Valoración De La Prueba De Inspección Ocular
- Lo Anterior Es Infundado
- I El Actuario Para El Desahogo De La Prueba Se Ceñirá Estrictamente A Lo Ordenado Por La Junta
- Lo Así Narrado Se Corrobora Con La Siguiente Transcripción
- De Lo Anterior La Sala Responsable Al Dictar El Laudo Aquí Reclamado Razonó Lo Siguiente
- La Referida Ejecutoria En La Parte Que Interesa Señala
- Comprobantes Del De Aportaciones Al Sar
- De Ahí Que No Les Asista Razón
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve