AMPARO DIRECTO 671/2011. FERNANDO RAÚL PORTILLA SÁNCHEZ. 20 DE SEPTIEMBRE DE 2012. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: VÍCTOR MANUEL MÉNDEZ CORTÉS. PONENTE: EMMANUEL G. ROSALES GUERRERO. SECRETARIA: MARÍA DEL CARMEN TINAJERO SÁNCHEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 671/2011. FERNANDO RAÚL PORTILLA SÁNCHEZ. 20 DE SEPTIEMBRE DE 2012. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: VÍCTOR MANUEL MÉNDEZ CORTÉS. PONENTE: EMMANUEL G. ROSALES GUERRERO. SECRETARIA: MARÍA DEL CARMEN TINAJERO SÁNCHEZ.

Fecha: 15-Ago-2014

Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve

ÚNICO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Fernando Raúl Portilla Sánchez, contra el acto y la autoridad precisados en el resultando primero de esta sentencia.

Notifíquese personalmente al quejoso, por lista al Ministerio Público de la Federación adscrito y demás interesados; por oficio a las autoridades terceras perjudicadas y, por oficio con testimonio de esta resolución a la Sección de la Sala Superior responsable, a la cual, además, devuélvanse los autos del juicio administrativo de origen y el toca de revisión una vez que cause ejecutoria esta sentencia y, en su oportunidad, archívese.

Así lo resolvió el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, por mayoría de votos de los Magistrados (presidente) Salvador González Baltierra y Emmanuel G. Rosales Guerrero, contra del voto particular del Magistrado Víctor Manuel Méndez Cortés; fue ponente el segundo de los nombrados.