AMPARO DIRECTO 105/2015. 28 DE MAYO DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: GERARDO MANUEL VILLAR CASTILLO. SECRETARIO: FELIPE YAORFE RANGEL CONDE.
Fecha: 28-Ago-2015
Considerando
SÉPTIMO.-Estudio de los conceptos de violación. Son infundados los motivos de contradicción hechos valer por **********, sin que se advierta queja deficiente que suplir en términos de la fracción V del artículo 79 de la Ley de Amparo.
Previamente a evidenciar las consideraciones que justifican tal anuncio y para una mejor comprensión del asunto, conviene traer a colación los antecedentes relevantes del caso, mismos que son los siguientes:
I. Por escrito presentado ante la Junta Especial Cincuenta y Nueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje el veintiuno de enero de dos mil once, **********, demandó del Instituto Mexicano del Seguro Social, el cumplimiento de las prestaciones siguientes (fojas 1 a 10):
"1. El cumplimiento del contrato colectivo de trabajo vigente entre la institución demandada y el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social y, con base en lo anterior, demando el pago de las prestaciones en la forma y términos en que están pactadas y en caso de duda en su pago y cálculo, se aplique la cláusula 135 del mismo pacto colectivo y no la Ley Federal del Trabajo en base a la cláusula 131 del mismo contrato. Proceden al respecto las siguientes jurisprudencias que solicito se apliquen en términos del artículo 192 de la Ley de Amparo.
"...
- Considerando
- Se Reclaman También El Pago De Las Siguientes Prestaciones
- Como Hechos De Su Demanda Medularmente Expuso
- I Sueldo Base Concepto
- Ii Alto Costo De Vida Concepto
- Iii Ayuda Para Pago De Renta De Casa Habitación
- Inciso A Concepto
- Inciso B Concepto
- Inciso C Concepto
- Iv Despensa Concepto
- V Sobresueldo Docencia Enfermería
- Vi Estímulo Por Asistencia
- Vii Estímulo Por Puntualidad
- Viii Aguinaldo
- X Fondo De Ahorro Concepto
- Xi Vacaciones
- A Sueldo Tabular No Sueldo Base
- B Ayuda De Renta
- C Antigedad No Concepto
- D Despensa
- E Alto Costo De Vida
- F Aguinaldo
- En Efecto La Cláusula Del Contrato Colectivo De Trabajo Textualmente Establece
- Lo Destacado Con Negritas Y Subrayado Pertenece A Este Tribunal
- Total Deducciones Pesos
- N Riesgo Por Tránsito Vehicular Para Choferes U Operadores Del Área Metropolitana
- Régimen De Jubilaciones Y Pensiones
- A Se Determina El Salario Base Art Rjp Renglón
- Ii El Instituto Cubrirá La Parte Restante De La Prima Necesaria
- Declaraciones
- Cláusulas
- Salario Base X Concepto
- E Se Determina El Salario Base Art Rjp Renglón
- C Cuota Sindical