AMPARO DIRECTO 105/2015. 28 DE MAYO DE 2015. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: GERARDO MANUEL VILLAR CASTILLO. SECRETARIO: FELIPE YAORFE RANGEL CONDE.
Fecha: 28-Ago-2015
N Riesgo Por Tránsito Vehicular Para Choferes U Operadores Del Área Metropolitana
"‘Tratándose de jubilaciones, pensiones por edad avanzada y vejez, los conceptos alto costo de vida, zona aislada, horario discontinuo, infectocontagiosidad, emanaciones radiactivas y compensación por docencia, formarán parte del salario base cuando se hubieren percibido y aportado sobre ellos al fondo de jubilaciones y pensiones, durante los últimos cinco años y se perciban a la fecha del otorgamiento de la jubilación o pensión. Asimismo, respecto a las pensiones por invalidez los conceptos mencionados en el párrafo anterior formarán parte del salario base, si se hubieren percibido y aportado sobre ellos durante los últimos tres años y se perciban a la fecha del otorgamiento de la pensión.’
"Es claro apreciar la necesidad de aplicar la deducción que ordena este artículo 5 del RJP, pues sin ella se verá trunco el procedimiento para determinar una jubilación o pensión.
"En resumen, el multicitado artículo 5 del RJP señala que al sumar los conceptos que este mismo numeral señala, que se consideran para calcular una jubilación o pensión se obtiene el salario base de ésta (párrafo primero del artículo 5) y posteriormente a este salario base se le aplica una deducción por cuenta de: a) fondo de jubilaciones y pensiones, b) cuota sindical y c) el importe, que, por ISPT se le deduce a los trabajadores activos, así como en sustento a lo convenido en el artículo 18 del Régimen de Jubilaciones y Pensiones, y en la cláusula segunda e inciso b) del punto tercero de las declaraciones del ‘Convenio Adicional para las Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores de Base de Nuevo Ingreso’, se obtienen los conceptos de provisión fondo de jubilaciones y fondo de jubilaciones, (sic) que como ya se expuso, sólo para efectos administrativos se divide en dos; por lo que una vez aplicado este ajuste obtenemos lo que se denomina cuantía básica (párrafo 6to. del artículo 5 del RJP); posteriormente se aplica según la antigüedad del trabajador el porcentaje (%) de la tabla que corresponda de las contenidas en el artículo 4 del RJP para determinar el monto mensual de la jubilación o pensión, y después de determinar este monto total de la jubilación o pensión es que entra en aplicación el artículo 6 con el 25% de aguinaldo mensual como una prestación extra de su jubilación o pensión.
"Todo este procedimiento es visible en el documento denominado cédula de datos para efectos de jubilación o pensión, que se ofrecerá como prueba documental en el momento procesal oportuno.
- Considerando
- Se Reclaman También El Pago De Las Siguientes Prestaciones
- Como Hechos De Su Demanda Medularmente Expuso
- I Sueldo Base Concepto
- Ii Alto Costo De Vida Concepto
- Iii Ayuda Para Pago De Renta De Casa Habitación
- Inciso A Concepto
- Inciso B Concepto
- Inciso C Concepto
- Iv Despensa Concepto
- V Sobresueldo Docencia Enfermería
- Vi Estímulo Por Asistencia
- Vii Estímulo Por Puntualidad
- Viii Aguinaldo
- X Fondo De Ahorro Concepto
- Xi Vacaciones
- A Sueldo Tabular No Sueldo Base
- B Ayuda De Renta
- C Antigedad No Concepto
- D Despensa
- E Alto Costo De Vida
- F Aguinaldo
- En Efecto La Cláusula Del Contrato Colectivo De Trabajo Textualmente Establece
- Lo Destacado Con Negritas Y Subrayado Pertenece A Este Tribunal
- Total Deducciones Pesos
- N Riesgo Por Tránsito Vehicular Para Choferes U Operadores Del Área Metropolitana
- Régimen De Jubilaciones Y Pensiones
- A Se Determina El Salario Base Art Rjp Renglón
- Ii El Instituto Cubrirá La Parte Restante De La Prima Necesaria
- Declaraciones
- Cláusulas
- Salario Base X Concepto
- E Se Determina El Salario Base Art Rjp Renglón
- C Cuota Sindical