AMPARO DIRECTO 452/2015. PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL AGUA DE MORELIA, A.C. 2 DE JUNIO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JAIME URIEL TORRES HERNÁNDEZ. SECRETARIA: LUCÍA ELENA HIGAREDA FLORES.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 452/2015. PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL AGUA DE MORELIA, A.C. 2 DE JUNIO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JAIME URIEL TORRES HERNÁNDEZ. SECRETARIA: LUCÍA ELENA HIGAREDA FLORES.

Fecha: 23-Sep-2016

Reitere Las Cuestiones Que Quedaron Intocadas Y

3. Pronuncie otra en la que atendiendo a los principios de congruencia y exhaustividad que deben regir en toda sentencia, se pronuncie sobre las cuestiones que le hicieron valer en todos los conceptos de impugnación, en la que resuelva de manera fundada y motivada sobre todas las pretensiones de la quejosa, que ponga de manifiesto la legalidad o no de la resolución determinante del crédito fiscal y, con plenitud de jurisdicción, resuelva lo que conforme a derecho corresponda, respecto de la nulidad absoluta del decreto de tarifas para el ejercicio fiscal dos mil doce y sus consecuencias legales.

En las relatadas condiciones, en razón a que conforme a las reformas constitucionales tanto del seis como del diez de junio de dos mil once, la aplicación del principio pro persona como principal criterio hermenéutico en la labor jurisdiccional, incide en la existencia de un Juez garantista de los derechos fundamentales; a fin de reparar la violación destacada y de que esta jurisdicción extraordinaria no incurra en una corresponsabilidad(12) en la infracción de los derechos fundamentales de legalidad, seguridad jurídica y acceso a la jurisdicción que asisten a la peticionaria de amparo, procede concederle el amparo y protección de la Justicia Federal solicitados.(13)