AMPARO DIRECTO 702/2018. 27 DE JUNIO DE 2019. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: EZEQUIEL NERI OSORIO. PONENTE: JOSÉ MANUEL DE ALBA DE ALBA. SECRETARIO: ALAN IVÁN TORRES HINOJOSA.
Fecha: 11-Oct-2019
Dirá Si La C Está Diagnosticada Con La Enfermedad Denominada Fatiga Crónica
"Dirá la antigüedad de las patologías que padece la C. **********, las características, síntomas, evolución y el status de las mismas.
"Si existe cura para la enfermedad denominada fibromialgia, así como para la denominada fatiga crónica."
81. Esto es, ese informe tenía la intención de acreditar sus padecimientos; sin embargo, dado que esas enfermedades, señala encontrarse tratándolas en dicha institución de seguridad social, es que en términos de lo señalado con anterioridad, no se encuentra en estado de necesidad por falta de asistencia médica y, en consecuencia, esa circunstancia no trasciende al resultado del fallo.
82. Por su parte, el concepto de violación resumido en el inciso g) resulta ineficaz, porque durante la secuela del juicio no se demandó acción compensatoria sobre los bienes habidos durante el matrimonio, sino se demandó el pago de alimentos y éstos procedieron en su naturaleza compensatoria, al disolverse el vínculo matrimonial.
83. En efecto, algunas legislaciones como la de la Estado de México(10) y la Ciudad de México(11) contemplan la acción compensatoria, la cual se relaciona con la posibilidad de pedir la compensación económica sobre los bienes habidos durante el matrimonio celebrado por separación de bienes, cuando alguno de los cónyuges haya asumido en mayor o menor medida las cargas del hogar y/o el cuidado de los hijos y diversos dependientes.
84. De esta forma, con independencia de que la legislación del Estado de Veracruz no lo contemple, lo cierto es que durante el juicio no se ejerció esa acción propiamente, sino la de pago de alimentos para su hija menor de edad y para ella en calidad de esposa; su contraparte reconvino el divorcio, mismo que al proceder, en términos del artículo 162 del Código Civil interpretado conforme al parámetro de regularidad constitucional, se decretaron los alimentos compensatorios.
85. En ese sentido, el pago de alimentos compensatorios tiene una connotación económica, pues persigue el objetivo de establecer una pensión, y no la de indemnizar sobre los bienes adquiridos por el consorte; de ahí que sea infundado el artículo en mención. Tiene aplicación al caso, la siguiente tesis de jurisprudencia:
- Considerando
- Medularmente La Quejosa Hace Valer Como Motivos De Disenso Los Siguientes
- Pensión Compensatoria Y Su Naturaleza
- En Ese Entendido La Asistencial Procede Cuando
- Derecho De Acceso A Una Vida Digna Y Su Relación Con La Pensión Compensatoria
- Elementos Relevantes Para Determinar El Monto Y Modalidad De La Pensión Compensatoria Resarcitoria
- A La Dedicación Plena Y Exclusiva Al Trabajo Del Hogar De Parte De Uno De Los Cónyuges
- Caso Concreto
- El Concepto De Violación Sintetizado En El Inciso A Resulta Fundado Pero Ineficaz
- Página
- Dirá Si La C Está Diagnosticada Con La Enfermedad Denominada Fatiga Crónica
- Fuente Gaceta Del Semanario Judicial De La Federación
- Conceptos De Violación Fundados
- A Deje Insubsistente La Resolución Reclamada
- El Quejoso En Adhesión Sostiene Lo Que En Esencia Se Resume
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se
- Segundola Justicia De La Unión No Ampara Ni Protege A Quejoso En Adhesión
- Contradicción De Tesis Y Contradicción De Tesis
- Artículo