Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 886/2018. 20 DE SEPTIEMBRE DE 2019. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JORGE TOSS CAPISTRÁN. SECRETARIO: RENATO DE JESÚS MARTÍNEZ LEMUS.
Fecha: 13-Mar-2020
Artículo El Juicio De Amparo Es Improcedente
"...
"XIV. Contra normas generales o actos consentidos tácitamente, entendiéndose por tales aquéllos contra los que no se promueva el juicio de amparo dentro de los plazos previstos."
Lo anterior revela que el juicio de amparo será improcedente contra actos consentidos tácitamente, por no haberse promovido dentro del plazo previsto por la ley de la materia.
Los artículos 17 y 18 de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, literalmente, en lo que aquí interesa, disponen:
- Considerando
- Artículo El Juicio De Amparo Es Improcedente
- Artículo El Plazo Para Presentar La Demanda De Amparo Es De Quince Días
- Desde El Día Siguiente Al En Que Se Hubiese Ostentado Sabedor De Los Mismos
- Lo Anterior La Actora Lo Sustentó En Los Hechos Visibles A Fojas Dos A Tres Del Juicio Natural
- Los Descansos Semanales Señalados En La Cláusula De Las Condiciones Generales De Trabajo
- Los Beneficios Contenidos En La Cláusula Del Contrato Colectivo Señalado
- Cuarto Notifíquese
- Una Vez Hecho Lo Anterior Proceda En Consecuencia A
- Hasta Aquí Los Antecedentes De Mayor Relevancia Que Se Advierten De Las Constancias Procesales
- Se Suprimen Imágenes
- Se Suprime Imagen
- Artículo El Juicio De Amparo Directo Procede
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve