Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 319/2020. 29 DE MARZO DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: VÍCTOR MANUEL FLORES JIMÉNEZ. DISIDENTE: ALBERTO MIGUEL RUIZ MATÍAS. SECRETARIO: ALBERTO CARRILLO RUVALCABA.
Fecha: 01-Oct-2021
Debe Dejar Insubsistente La Sentencia Materia Del Acto Reclamado
2. Hecho lo anterior, en cumplimiento a la presente ejecutoria, pronuncie otra en la cual, deberá reiterar todos los aspectos que no hayan sido materia de la concesión de amparo, es decir, lo determinado en el tema II "Análisis de los presupuestos procesales de la acción.", tema III "Alimentos provisionales." y tema IV "Improcedencia de alimentos en favor de la excónyuge."
3. Con plenitud de jurisdicción, subsane el vicio de falta de fundamentación advertido respecto de la decisión de confirmar el monto de la pensión alimenticia definitiva a pesar de haber modificado el régimen de custodia.
- Considerando
- V Condena De Alimentos En Favor Del Ahora Quejoso
- Tema I Incorrecciones Atribuidas A La Juez Natural
- Motivos De Queja Que Resultan Inoperantes
- Tema Ii Análisis De Los Presupuestos Procesales De La Acción
- Lo Anterior Es Infundado
- Tema Iii Alimentos Provisionales
- Lo Anterior Es Inoperante
- Tema Iv Improcedencia De Alimentos En Favor De La Excónyuge
- Tema V Condena De Alimentos En Favor Del Ahora Quejoso
- Lo Anterior Es Sustancialmente Fundado
- Debe Dejar Insubsistente La Sentencia Materia Del Acto Reclamado
- Del Resultado De Todo Lo Anterior Resuelva Lo Que Legalmente Proceda
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Folio Vuelta Del Toca
- Folio De Autos
- Folios A Del Toca De Origen
- Artículo
- Artículo El Amparo Indirecto Procede