AMPARO DIRECTO 410/2021. UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO. 19 DE NOVIEMBRE DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS, CON VOTO CONCURRENTE DEL MAGISTRADO JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ SALDAÑA. PONENTE: NELDA GABRIELA GONZÁLEZ GARCÍA. SECRETARIO: JOSÉ ALFREDO LÓPEZ
Fecha: 13-May-2022
Violación Procesal Fundada
Por otro lado, en el mismo primer concepto de violación hecho valer por la quejosa, sostiene que el laudo reclamado es ilegal, porque se violan en su perjuicio las normas que rigen el procedimiento, ya que en el juicio ofreció, entre otras pruebas, la documental consistente en el "acta de hechos", identificada con el numeral 5, solicitando para su perfeccionamiento la ratificación de contenido y firma de sus suscriptores.
Dice la quejosa que la referida prueba ofrecida con el numeral 5, consistente en el "acta de hechos" de 20 de septiembre de 2016, fue debidamente ratificada por ********** (quien participó como jefe de departamento del jardín de niños), en audiencia celebrada en el juicio el 28 de agosto de 2018.
Sin embargo, por lo que hace a la ratificación por parte de ********** (que participó como testigo de cargo), se decretó ilegal e incongruentemente su deserción por parte de la Junta responsable, en audiencia de 30 de mayo de 2018, ya que aun cuando en la anterior audiencia de 5 de abril de 2018, la demandada había manifestado que ********** dejó de laborar para la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y, por ende, solicitó un término prudente para proporcionar el último domicilio particular que tenía registrado de la extrabajadora para que se le notificara su comparecencia a la audiencia de ratificación; la Junta responsable, de manera ilegal, le ordenó que debía presentarla la demandada, obligándole a lo imposible, porque a dicha trabajadora se le había rescindido su contrato y tenía intereses opuestos a la universidad y, por ende, no podía presentarla, y aunque insistió en la concesión de un término prudente para proporcionar el domicilio a fin de que fuera notificada, no se le acordó favorablemente lo solicitado.
Atento a ello, considera la quejosa que debe concedérsele el amparo para el efecto de que se reponga el procedimiento y se ordene a la Junta que otorgue un término prudente para proporcionar el domicilio de la ratificante y se le pueda notificar para que acuda a la audiencia de reconocimiento de contenido y firma.
Respecto de la misma prueba, identificada con el numeral 5, alega la quejosa que en cuanto hace a la ratificación por parte de ********** (quien participó como testigo de cargo), también se decretó ilegal e incongruentemente su deserción en audiencia de 22 de octubre de 2018, pues desde la audiencia de 17 de agosto de 2018, la demandada manifestó que ********** había dejado de laborar para la Universidad Nacional Autónoma de México, por lo que, de igual forma, solicitó ante la autoridad responsable un término prudente para señalar el último domicilio particular de la extrabajadora. Empero, dice la quejosa que de manera ilegal la responsable ordenó que quedaba a cargo de la demandada la presentación de la ratificante, obligándole a lo imposible, porque a dicha trabajadora también se le había rescindido su contrato y tenía intereses opuestos a la demandada y, por ende, no podía presentarla y, aunque insistió en un término prudente para proporcionar el domicilio, no se le acordó favorablemente su petición; por lo que considera que debe concedérsele el amparo para el efecto de que se reponga el procedimiento y se ordene a la Junta que otorgue un término prudente para proporcionar el domicilio de la ratificante, y se le pueda notificar para que acuda a la audiencia de reconocimiento de contenido y firma.
Son fundados los argumentos expuestos por la Universidad Nacional Autónoma de México, en atención a la causa de pedir pues, ciertamente, este Tribunal Colegiado de Circuito considera que se han vulnerado en su perjuicio las normas del procedimiento durante el desahogo de la prueba identificada con el numeral 5, lo que ha trascendido en el resultado del fallo, como a continuación se verá.
- Considerando
- Violación Procesal Inoperante
- Marco Normativo
- Caso Concreto
- Violación Procesal Infundada
- En Uso De La Voz La Parte Actora Manifiesta
- La Ofrecida En El Apartado Se Reconoce En Su Contenido Y En Su Firma De La Actora
- El Representante Sindical
- Las Personas Que Les Constan El Levantamiento Del Acta Testigos De Asistencia
- Violación Procesal Fundada
- Universidad Nacional Autónoma De México
- Lic
- Decisión Y Efectos
- En Reposición Del Procedimiento Y Siguiendo Los Lineamientos Precisados En Esta Ejecutoria
- Innecesario Estudio De Argumentos Que Combaten Vicios De Forma Y Fondo
- Fojas Y Del Expediente Laboral
- Vii Instrumental De Actuaciones Y
- Iv Causa De Rescisión De La Relación De Trabajo
- Vii El Contrato De Trabajo
- Xiii Pago De La Participación De Los Trabajadores En Las Utilidades De Las Empresas Y
- Artículo Se Reputa Autor De Un Documento Privado Al Que Lo Suscribe
- Iii Controles De Asistencia Cuando Se Lleven En El Centro De Trabajo
- V Los Demás Que Señalen Las Leyes
- Iii Se Desechen Las Pruebas Legalmente Ofrecidas O Se Desahoguen En Forma Contraria A La Ley
- Foja Del Expediente Laboral