CONFLICTO DE TRABAJO 3/2021-C
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONFLICTO DE TRABAJO 3/2021-C

Fecha: 31-Oct-2020

CONTESTACIÓN A LOS HECHOS

Independientemente que la actora no expone de manera

con reta los hechos, sino que en el capítulo

correspondiente hace manifestaciones y aseveraciones

que,

en

su

opinión,

tiene

una

interpretación

determinada; se procede a emitir contestación a los

mismos, en la forma en que lo expone.

Respecto de los análisis que señala en el capítulo de

hechos, manifiesto:

1.

El correlativo que se contesta al tratarse de hechos

que no son propios ni se afirman ni se niegan.

No obstante,

del

expediente

personal

de

ANA

MARIANNE ALFARO PEDROZA, se observa y se aclara

que le fue otorgado un primer nombramiento interino en

la plaza 1996, de Secretaria, rango E, puesto de

confianza, con efectos a partir del 1° de agosto al 31 de

octubre de 2016 (foja 18).

2.

El hecho que se contesta es parcialmente cierto.